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Advierte diputado Armando Tejeda sobre riesgos democráticos por reformas constitucionales

Legisladores de Acción Nacional votaron en contra de estas reformas por ser un peligro.

Con las reformas a los artículos 105 y 107 Constitucional, se debilita la democracia del país, al eliminar cualquier vía de impugnación.


La Constitución debe fortalecerse y adaptarse para servir mejor a las y los mexicanos, para hacer de la justicia más efectiva y equitativa, aseveró Armando Tejeda Cid, diputado federal por el Partido Acción Nacional (PAN).

Detalló que con las reformas presentadas a los artículos 105 y 107 Constitucional, se debilita la democracia del país, al eliminar cualquier vía de impugnación de las reformas a la Carta Magna.

“Es necesario fortalecer las herramientas que defienden los derechos de las y los mexicanos, no desaparecerlas. Sin mecanismos de defensa, el equilibrio entre poderes desaparece, y con él, la esencia de nuestra democracia y las libertades que nos definen como país”.

Tejeda Cid llamó a los legisladores a ser responsables con las decisiones que toman a nombre de sus representados, y poner a los ciudadanos por encima de cualquier tema de interés personal.

“Con estas reformas se viola el espíritu democrático de nuestra Constitución, que surgió para defender al pueblo de la opresión. Estamos en la antesala de lo que podría abrir las puertas a un poder sin límites, a la instalación del autoritarismo y cerrar el paso a la justicia efectiva”.

Estas reformas que fueron votadas en contra por los legisladores de Acción Nacional, apuntó Armando Tejeda son un peligro no solo a nivel federal, porque incluso podrían dejar a los estados y municipios indefensos frente a decisiones que pueden afectar directamente a sus comunidades.

Es necesario destacar que la adición de un quinto párrafo al artículo 105 establece que “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Constitución”.

Asimismo, la reforma al primer párrafo de la fracción II del artículo 107 constitucional, señala que “no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a la Constitución”.
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